Actualmente Reity está en proceso de aprobación ante la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) bajo la Ley Fintec (21.521)
En octubre del 2024 realizamos nuestra solicitud formal de inscripción al Registro de Prestadores de Servicios Financieros (RPSF) y enviamos toda la documentación a la CMF para regularnos como:
Nos inscribimos dentro del Bloque 3, que representa el renglón más alto de seguridad y por ende el que implica mayor supervisión y regulación. Además nos obliga a tener una póliza de responsabilidad civil. La puedes ver aquí.
En febrero de 2025 la CMF nos informó que debíamos hacer un pequeño cambio de forma, el cual resolvimos dentro del mismo mes.
La versión 20240805 de nuestras Condiciones Generales, protocolizadas ante el notario Ivan Torrealba Acevedo, ya incorpora ajustes requeridos por la CMF y prepara el camino para operar bajo supervisión oficial.
En noviembre de 2025 la CMF nos generó un oficio en que debíamos hacer pequeños cambios de formato en algunos documentos y políticas, además de proporcionar más información en otros, lo cual resolvimos a inicios de diciembre de 2025.
Actualmente estamos a la espera de aprobación completa o comentarios adicionales por parte de la CMF.
Sí, podemos operar legalmente sin problema bajo el artículo 2 de las disposiciones transitorias de la Ley Fintec por estar operando antes del 3 de febrero de 2024 y habernos presentado a la CMF antes del 3 de febrero de 2025.